¿Eres Usuario Registrado? ¡Regístrate!
(Hist. Med.) A efectos administrativos el territorio de Aragón comprendía en la Baja Edad Media cinco distritos o merindades (merinados) con cabeceras en Zaragoza, Tarazona, Huesca, Jaca y Ejea; aunque ocasionalmente figuraron Barbastro y Daroca. Su carácter y finalidad se determinaron en las reformas administrativas de Pedro IV, aunque la función de los merinos como oficiales reales se registra con anterioridad a dicha época.
En un principio estas divisiones territoriales se hicieron con fines fiscales fundamentalmente, pero a partir del siglo XIV las atribuciones de los merinos comprendían otras actuaciones que complementaban en cierta medida las de otros oficiales como los sobrejunteros . Así, por ejemplo, los merinos, además de administrar las rentas del rey, podían intervenir en algunos pleitos de carácter local dentro de su distrito y, por orden del monarca, atendían a la conservación y reparación de los bienes públicos o colaboraban en la persecución de criminales reclamados por la justicia.
El merinado más importante fue sin duda el de Zaragoza, donde las propiedades y rentas reales eran abundantes y su administración compleja; el merino de la ciudad estaba obligado a rendir cuentas de su gestión directamente al maestre racional de la corona en lugar de al baile general de Aragón
, responsable sin embargo de la actuación de los demás merinos.
Categorías y Subcategorías a las que pertenece la voz:
© DiCom Medios SL. C/ Hernán Cortés 37, 50005 Zaragoza
Inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, en inscripción 1ª, Tomo 2563,
Seccion 8, Hoja Z-27296, Folio 130. CIF: B-50849983