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(Hist. Med.). La «firma de derecho» y la «causa de manifestación » eran dos instrumentos procesales de los que disponía el Justicia de Aragón
en el desempeño de su cargo, a la vez que amparaban a los aragoneses de posibles atropellos. Si, por el primero, ningún hombre libre que diera «firma
de derecho», es decir, que garantizara que se sometería a juicio, podía ser apresado ni embargados sus bienes, quedando paralizadas las acciones de cualquier tribunal, la «causa de manifestación» implicaba que quien la interponía, quien se «manifestaba», quedaba bajo la protección especial y directa del Justicia y a salvo de los posibles atropellos de los oficiales públicos máxime si había dado firma de derecho. El «manifestado» era entregado al Justicia. Desde las Cortes
de Calatayud
de 1461, los manifestados quedaban custodiados en Zaragoza
en una prisión especial, la «cárcel de manifestados», hasta que el Justicia pronunciaba sentencia. Si ésta era favorable al manifestado, quedaba en libertad; en caso contrario, pasaba a la jurisdicción del juez ordinario para que se cumpliera la sentencia. La inviolabilidad de la «cárcel de manifestados» era tal que ni el rey ni sus oficiales podían entrar ni tenían jurisdicción en ella.
El siglo más convulso provocará el final de los privilegios del reino.
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