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(Hist. Med.) Cargo cortesano, sinónimo de lugarteniente general, que se dio en la Corona de Aragón en la segunda mitad del siglo XIV y en el siglo XV. Dicho nombramiento implicaba una recepción de poderes que el rey delegaba generalmente en la persona nominada prioritariamente en el orden de sucesión al trono. El lugarteniente hacía las veces del rey (gerens vices), en su lugar (locum tenens), y poseía plena jurisdicción civil y criminal, pudiendo convocar Cortes, promulgar fueros, recibir homenajes, etc. El tiempo de su gobierno, así como los objetivos primordiales del mismo, dependía de los deseos y propósitos reales.
Lalinde opina que los lugartenientes fueron «el instrumento de la acción regia en los distintos territorios de la Corona de Aragón», es decir que las sucesivas conquistas y anexiones a la Corona de nuevas tierras potenciaron la aparición y el afianzamiento de un «sustituto» real, que representara plenamente la potestad del monarca. A finales del siglo XIV y durante el siglo XV dicho cargo oscureció la dignidad de gobernador general y se equiparó, a partir de 1397, al de virrey, reafirmándose en Cerdeña, Sicilia y en todos los estados de Alfonso V en su política mediterránea. Finalmente Fernando
el Católico llegó a instituir permanentemente lugartenientes en toda la Corona de Aragón.
Se cimientan las bases para la unión de las coronas de Aragón y Castilla.
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