¿Eres Usuario Registrado? ¡Regístrate!
No se ha prestado hasta el momento por parte de los estudiosos la atención debida a este tema, lo que se enmarca dentro de la escasez bibliográfica sobre la arquitectura civil aragonesa; solamente Ricardo del Arco le dedicó una consideración general en 1920, y con posterioridad, hay que mencionar las referencias aisladas en los catálogos monumentales, más precisas en el inventario de la provincia de Teruel de 1975.
Las casas concejiles o casas de la ciudad (ahora casas consistoriales) se configuran arquetípicamente en Aragón a lo largo del siglo XVI, pudiéndose decir que cristalizan hacia 1570. En la Edad Media no disponían habitualmente los concejos de casa propia, celebrando sus reuniones en muy diversos lugares, desde los fosares (por ejemplo, Huesca en el de San Miguel, Zaragoza en el de Santa María, etc.) o cementerios, hasta en las iglesias. Entre los primeros concejos, que contarían con casas propias, debe suponerse al de Zaragoza, cuyas «casas del puent», próximas a la Puerta del Ángel de la ciudad, junto al puente de piedra, y ya desaparecidas, se remontan a las donaciones regias de Jaime I , y existirían desde principios del siglo XIV. También Huesca cuenta con casa propia al menos desde 1461, en el mismo solar del ayuntamiento (casa consistorial) actual.
Pero, por lo que se refiere a la arquitectura concejil conservada, hay que esperar al siglo XVI para encontrar los ejemplos más antiguos (salvando algún caso, como el de Puertomingalvo que incluso es atípico, aunque de importancia artística, relacionable con el gótico civil levantino, y datable en el siglo XV).
Entre los ejemplos más antiguos y notables están las casas consistoriales de Borja y de Jaca
. La de Borja se realiza por el maestro Antón de Veoxa entre 1532 y 1534, y presenta ya la característica disposición de la fachada en tres plantas, con la última abierta en galería corrida de arcos de medio punto, y rematada con un alero volado con apeos aún de tradición gótica. El de Jaca, en cambio, sólo consta de dos plantas, muy elevada la de la calle, con portada plateresca que no perdurará, y la planta noble con vanos adintelados; fue realizada por maestros vascos entre 1544 y 1546, e incidirá poco en la formación arquetípica de la casa consistorial aragonesa.
Será en las décadas de 1560 y 1570 cuando se generalice la disposición general y estructura de casa concejil, que presenta habitualmente en la planta baja o de la calle una serie de arcos o porches, que crean un característico espacio abierto a la plaza principal y cubierto. El origen de estos porches o arcadas de la planta baja no ha sido determinado con precisión, así como tampoco su función. Por un lado, debe tenerse en cuenta que algunos ayuntamientos se construyen en la plaza mayor, que es porticada, por lo que su parte baja presenta soportales, como el resto de las casas de la plaza (caso, por ejemplo, de Graus entre otros muchos). Pero, por otro lado, hay que tener en cuenta la existencia previa de una lonja a base de arquerías (como es el caso de Alcañiz
), función que pueden asimilar las casas consistoriales, al incorporar la lonja en su planta baja (en concreto, el ayuntamiento de Alcañiz se encuentra en la plaza mayor, porticada, junto a la lonja, y su planta baja no presenta soportales, porque esta función ya la cumplía la lonja anexa; y sin embargo la disposición de plaza con soportales no tiene suficiente fuerza para introducirlos en el ayuntamiento alcañizano).
Siguiendo con la disposición de la casa concejil, sobre la planta baja de porches o lonja de varias arcadas se dispone la planta noble, a base de ventanas (el balcón corrido será posterior), donde se encuentra el salón noble o principal, que generalmente es a la vez capilla; éste era el caso de Calatayud , y es, todavía, el caso de Calaceite
, donde el retablo se aloja en uno de los frentes menores del salón y en una hornacina, practicada en el muro, y que puede cerrarse con puertas, que, cuando se abren, convierten al salón de reuniones en capilla provisional.
Por último, la planta superior se abre en una galería corrida, característicamente aragonesa, de arcos de medio punto, y se remata con un alero o rafe muy volado.
Las reformas, realizadas con frecuencia en el interior de las casas consistoriales, y la falta de tipicidad arquitectónica de las dependencias dificultan los diversos usos y funciones de las mismas, que por lo menos conllevaban la existencia de cárcel (con frecuencia en la planta baja), sala de archivo, salas para pesos y medidas, etc.
Dentro de este tipo, una de las casas concejiles más monumentales de la provincia de Teruel es la de La Fresneda , realizada en 1576, a la que sigue de cerca la de Valderrobres
en 1599; a él responde también el ayuntamiento de Bielsa
, en Huesca, que por la presencia de un garitón de ángulo en la parte superior de la fachada ha sido relacionado con las casas solariegas
por Ricardo del Arco, lo que demuestra una gran versatilidad en la formación del arquetipo concejil aragonés.
Pero el número de casas consistoriales que pueden citarse es abundantísimo; mejor conocidas, por el momento, las de la provincia de Teruel, citemos las de Cañada de Benatanduz (1568), Ejulve
(1568), Torre del Compte
(1574), Monroyo
(1588), etc., conservándose este prototipo hasta el siglo XVIII.
Desde el punto de vista estructural es irrelevante el hecho de que estas casas consistoriales estén construidas en piedra sillar o en ladrillo, ya que la disposición es similar. Baste citar el caso de Alcañiz , que presenta una fachada lateral de ladrillo, mientras que la principal es de piedra sillar. Otra variante puede estar representada por el ayuntamiento de Ateca
, realizado entre 1629 y 1634 por el maestro Domingo de Múxica; en este último caso, la planta inferior de soportales es de piedra sillar, mientras que la noble y la galería alta ya se realizan en ladrillo. En todo caso, como se ve, se imponen los condicionamientos geográficos, que afectan a lo ornamental, pero no sustancialmente a la estructura del tipo descrito.
Sin duda alguna, el estudio monográfico de las casas consistoriales aragonesas, ofrecerá variantes de interés, sobre todo marginales, en función de la gravitación artística en torno a regiones limítrofes. También habrá que tener en cuenta el hecho de que originariamente la actual casa consistorial sea el resultado de una adaptación a esta función de otro edificio anterior ya construido.
• Bibliog.:
Del Arco, Ricardo: «Casas consistoriales de Aragón»; Arquitectura, Madrid, nov.-dic. 1920.
© DiCom Medios SL. C/ Hernán Cortés 37, 50005 Zaragoza
Inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, en inscripción 1ª, Tomo 2563,
Seccion 8, Hoja Z-27296, Folio 130. CIF: B-50849983