(Hist. Ant.) Colegio de dos magistrados romanos, cuya denominación completa era duunviri iure dicundo, que ejercían, al menos desde Augusto
de forma sistemática, la máxima dignidad tanto en municipios
como en colonias
. Podían aparecer como colegas de los ediles
bajo el nombre de quattuorviri. Tenían jurisdicción en materia no contenciosa, e incluso en contenciosa dentro de ciertos límites; presidían las elecciones y las sesiones del Senado local, y cada cinco años realizaban el censo, recibiendo el nombre de quinquennales. Se conocen en Caesaraugusta
, Turiaso
, Osca
, Bilbilis
y Lepida
/Celsa
, donde acuñaron moneda entre Augusto
y Calígula (antes en Lepida), y también en Osicerda
.
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