Los días 22 y 23 de marzo de 1883 se reunieron en el Casino Demócrata Autonomista de Zaragoza diecisiete representantes del partido republicano federal de Aragón . Resultado de esta asamblea fue la elaboración de un Proyecto de Pacto o Constitución Federal del Estado Aragonés. Se trata de un auténtico texto constitucional, que desborda el marco estricto de un estatuto de autonomía
, siendo además el primer proyecto de autogobierno realizado en el Aragón contemporáneo.
El texto consta de setenta artículos, distribuidos en catorce títulos. La forma del Estado Aragonés quedaba especificada en el primer artículo como la de una república democrática y federativa, siendo además uno de los estados soberanos de la Federación Española. Seguía una declaración de derechos civiles y sociales de un marcado carácter radical-democrático. Quedaban plasmados también los tres poderes del Estado Aragonés: ejecutivo, legislativo y judicial, poniéndose especial atención en su separación y no interferencia.
El órgano legislativo era un Congreso elegido cada tres años por sufragio directo y que debía reunirse en las ciudades de Huesca , Teruel
y Zaragoza
, siguiendo un turno. Sus funciones eran la elaboración y aprobación de las leyes, la fijación del presupuesto anual, la aprobación de los impuestos, la resolución de los conflictos entre municipios y de éstos con el Estado...
El poder ejecutivo quedaba compuesto por una comisión de siete miembros elegidos en este caso por sufragio indirecto, correspondiendo a cada uno una de las siguientes carteras ministeriales: Presidencia; Relaciones con municipios, con otros Estados y con la Federación Española; Hacienda; Instrucción Pública; Agricultura, comercio y obras públicas; Organización militar, y Secretaría general.
El poder judicial era ejercido por jueces municipales, tribunales de distrito y un tribunal del Estado formado por nueve magistrados, que tenía el carácter de Tribunal Supremo de Aragón. Todos los jueces eran elegidos directamente por los ciudadanos para un período de tres años.
Se establecía también una fuerza militar permanente dependiente del ejecutivo, compuesta por voluntarios y con misión más de garantizar el orden público que de estricta defensa militar. El Estado Aragonés se declaraba, por último, neutral en las discusiones entre trabajadores y patronos.
En la primera semana de junio del mismo año se reunió en Zaragoza una asamblea federal que, presidida por Pi y Margall
, elaboró una constitución para la Federación Española y un programa social para el partido republicano federal.
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