(Hist. Ant.) Fueron tres los concilios celebrados en Zaragoza durante este período.
—Concilio de Zaragoza I (h. 380): El 4 de octubre, probablemente del 380, se reunieron diez obispos hispanos y dos galos -Fitadio , Delfín de Burdeos, Eutiquio, Ampelio
, Audencio de Toledo, Lucio de Tarragona
(?), Itacio
de Faro (Portugal), Esplendonio, Valerio
de Zaragoza, Simposio
de Astorga, Carterio
e Hidacio de Mérida- en la «sacristía de la iglesia» de Zaragoza para tomar medidas contra los priscilianistas. Hasta entonces, la Iglesia
había mantenido una postura de permisividad en relación con aquel grupo de ascetas que predicaba la abstinencia y las privaciones. Obedeciendo al papa Dámaso, sólo se condenaron las prácticas consideradas heréticas, sin mencionar nombre alguno. Se prohibió a las mujeres tener reuniones religiosas y tomar el velo antes de los cuarenta años. Nadie, a quien no se le hubiese concedido, podía usar el título de doctor. Se proscribió el ayuno dominical y se mandó que ningún eclesiástico se ausentase de la comunidad durante la cuaresma bajo pretexto de penitencia. A los clérigos se les vedaba el paso al estado monacal y a los obispos la recepción en sus diócesis de los excomulgados.
—Concilio de Zaragoza II (592): Se convocó este concilio provincial para deliberar acerca de los problemas planteados por la reciente conversión del pueblo godo a la fe católica, de la continuación en estado clerical de los obispos, presbíteros y diáconos arrianos, y de la autentificación por la prueba del fuego de las reliquias que se conservaban en las iglesias arrianas. Asistieron doce obispos de la Tarraconense , presididos por Artemio, metropolitano de Tarragona -Sifronio
, Esteban
, Julián
, Simplicio
, Asterio
, Mumio
, Liliolo
, Magno
, Juan
, Galano
, y Julián- y dos vicarios representantes de obispos -Antedio
y Esteban—.
—Concilio de Zaragoza III (691): Fue convocado por el rey Egica y tuvo carácter peninsular. Las actas conservadas carecen de firmas episcopales. Promulgó cinco cánones estableciendo que la consagración de una iglesia tuviese lugar siempre en domingo, que los obispos consultasen la fecha de la Pascua a su primado y que no se admitiesen huéspedes seglares en los monasterios. Legisló también acerca de los libertos de la iglesia y de la viuda regia, a la que ordenaba entrar en un monasterio a la muerte del rey.
Categorías y Subcategorías a las que pertenece la voz:
Preferencias de Privacidad · Política de privacidad y cookies
© DiCom Medios SL. C/ Hernán Cortés 37, Zaragoza · 976700010