Resoluciones o actuaciones de las Cortes , que precisan o complementan la regulación de los Fueros
. Con éstos y con las Observancias
constituyen el Derecho nacional aragonés, que constituye un sistema jurídico autónomo hasta el Decreto de Nueva Planta
. Es menos solemne que el Fuero y de carácter reglamentario, destinado a resolver situaciones concretas, fundamentalmente, en materias de gobierno y policía en lo que se distingue de aquél, y no tiene carácter consuetudinario en lo que se diferencia de la Observancia. La iniciativa de su aprobación puede corresponder al rey, a todos los brazos de las Cortes o a algunos de éstos, total o parcialmente. Cuando la iniciativa es del rey, se hace constar el consentimiento de los brazos mediante la fórmula «place a las Cortes» (placet Curiae), en tanto que, cuando la iniciativa es de nobles, ciudades o villas, se hace constar el consentimiento del rey con la fórmula «place al señor Rey» (placet domino Regi). La carta o documento que contiene el acto se inscribe en uno de los registros de las cortes, distinguidos con una inicial, como registro (registrum) de B., de N., de F., o de E., por ejemplo.
El primer acto de corte debe ser de 1360 ó 1361, con Pedro IV (II de los Fueros), y parte de este género legislativo se incluye entre los nueve libros de los Fueros, siendo los más importantes los procedentes de las cortes de Calatayud de 1461, con Juan II
, que resuelven dudas sobre los hijos de regnícolas nacidos fuera del reino y los nacidos de regnícolas dentro del reino, o sobre derechos del rey, como los llamados derechos de coronación y cenas de presencia o ausencia, y resuelven las cuestiones de censales impuestos a judíos y sarracenos o prohíben inquirir por el delito de usura. El libro IX de las Observancias incluye diversos actos de cortes, uno de los cuales permite a Pedro Sánchez de Latrás el maltratar a sus hombres, en tanto otros salvaguardan a caballeros e infanzones que se encuentran al servicio del rey o interpretan algún fuero, como el que considera entre los bienes muebles a los depósitos de vino y aceite. En cortes de Monzón de 1552-1553, el futuro Felipe II
(I de Aragón), encontrándose su padre en Alemania, diputa personas para recoger los actos de corte, que no están ya recogidos en los Fueros y en las Observancias, enviándose un perito al Archivo Real, de Barcelona (el actual Archivo de la Corona de Aragón), al no encontrarse registros de cortes anteriores a las de Cariñena de 1357. La Comisión, que da a conocer su trabajo de recopilación en 14 de enero de 1554, está integrada, de parte del príncipe, por Miguel Clemente, protonotario; Juan Vincencio de Marcilla, asesor del gobernador; Juan Pérez de Nueros
, abogado fiscal, y Miguel Anchías
, abogado del rey; en tanto que, de parte del Reino, actúan fray Juan Cueva, abad de Santa Fe; Domingo Pérez, canónigo de La Seo; Pedro Jerónimo Cerdán, señor de Sobradiel; y Miguel Cortes, Viturián Tafalla y Jerónimo Serón, que pertenecen a los concejos de Zaragoza y Calatayud. Los actos de corte se editan por Pedro Barnuz, el mismo impresor de la Recopilación de los Fueros, y hay nuevas ediciones en 1584, 1608 y 1664, que añaden nuevos actos, hasta llegar a la última, la de Savall y Penén, en 1866.
• Bibliog.:
Lalinde Abadía, J.: Los Fueros de Aragón; Librería General, 2.ª ed., Zaragoza, 1978.
Pérez Martín, A.: Legislación y jurisprudencia en la España del Antiguo Régimen; Universidad de Valencia, 1978.
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